FAQs

Respondemos a tus dudas sobre la Ley de Segunda Oportunidad

  • ¿Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

    Cualquier persona física, ya sea un particular o un autónomo, que se encuentre en una situación de insolvencia y no pueda hacer frente a sus deudas, siempre que cumpla con los requisitos de la ley, como no haber actuado con mala fe.

  • ¿Qué tipo de deudas se pueden cancelar?

    Se pueden cancelar deudas privadas como préstamos personales, tarjetas de crédito y otras obligaciones con entidades financieras. Sin embargo, algunas deudas como las deudas con Hacienda o la Seguridad Social pueden tener un tratamiento diferente y podrían no ser exoneradas completamente.

  • ¿Qué requisitos debo cumplir para acogerme a esta ley?

    Es necesario demostrar buena fe, lo que implica haber intentado un acuerdo extrajudicial con los acreedores y no haber sido condenado por delitos económicos en los últimos 10 años. Además, debes no haber rechazado ofertas de empleo adecuadas y ser insolvente de manera demostrable.

  • ¿Perderé mi casa si me acojo a la Ley de Segunda Oportunidad?

    No necesariamente. En algunos casos, la vivienda habitual puede quedar protegida, dependiendo de la situación financiera y del valor del inmueble en relación con la deuda pendiente.

  • ¿Cuánto tiempo dura el proceso?

    El proceso puede variar dependiendo de cada caso, pero suele durar varios meses. Inicialmente, se intenta un acuerdo extrajudicial que puede resolverse en unos meses. Si no se llega a un acuerdo, el procedimiento judicial puede prolongarse un poco más.

  • ¿Qué pasa si no logro un acuerdo extrajudicial con mis acreedores?

    Si no es posible alcanzar un acuerdo extrajudicial, puedes solicitar la intervención judicial para que un juez evalúe tu caso y, si cumples con los requisitos, te conceda la exoneración de las deudas.

  • ¿Cómo afecta esta ley a mi historial crediticio?

    Acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad puede afectar negativamente tu historial crediticio en el corto plazo. Sin embargo, con el tiempo y con una gestión financiera adecuada, podrás mejorar tu calificación crediticia.

  • ¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad más de una vez?

    La ley no permite que una persona se acoja de forma repetida en un corto periodo de tiempo. Generalmente, se puede solicitar una segunda oportunidad solo una vez cada diez años.

  • ¿Puedo solicitar la Ley de Segunda Oportunidad si soy avalista de una deuda?

    Sí, un avalista también puede acogerse a esta ley si cumple con los requisitos, ya que se considera que también está en situación de sobreendeudamiento.

  • ¿Qué pasa con las deudas contraídas después de acogerse a la ley?

    Las deudas contraídas después de iniciar el proceso no se ven afectadas por la Ley de Segunda Oportunidad. Esta solo aplica a las deudas existentes antes de acogerse al proceso.

  • ¿Qué pasa con las deudas contraídas después de acogerse a la ley?

    Las deudas contraídas después de iniciar el proceso no se ven afectadas por la Ley de Segunda Oportunidad. Esta solo aplica a las deudas existentes antes de acogerse al proceso.